martes, 5 de febrero de 2019

CONTRATACIÓN PÚBLICA https://cec-iaen.formax.edu.ec/ IAEN

CURSOS IAEN 

El IAEN se diferencia de cualquier otra universidad de postgrado: en primer lugar, atiende preferentemente, aunque no  de manera exclusiva,  las necesidades de formación y educación continua de los servidores públicos actuales y potenciales; en segundo lugar, sus decisiones en materia de formación tienen como marco de referencia: la Constitución, el Plan nacional del  buen vivir y las agendas de políticas públicas sectoriales; en tercer lugar, busca fortalecer los procesos de innovación en el Estado, procurando la eficiencia y la transparencia de la gestión pública; y en cuarto lugar, promueve la investigación en el pensamiento estratégico para el Estado. El conjunto de estos factores definen la naturaleza específica del IAEN.

Bienvenidos todos a este curso de contratación pública. Para iniciar el curso vamos a definir qué es la contratación pública: la contratación pública se refiere a todo procedimiento concerniente para adquirir o contratar bienes, servicios u obras que requiere el Estado para cumplir los fines o sus fines, es decir, todos estos bienes que sirven para prestar un servicio público.

¿Cuál es la importancia?

¿Por qué fue creado el Sistema Nacional de Contratación Pública? El Estado requería innovar la contratación mediante procedimientos ágiles, transparentes, eficientes y tecnológicamente actualizados. ¿Por qué es importante el Sistema Nacional de Contratación Pública?

El sistema pretende que los recursos sirvan como un elemento dinamizador de la economía local y nacional, identificando la capacidad ecuatoriana y promoviendo la generación de ofertas competitivas, las mismas que fomenten el empleo, la industria, la asociatividad y la redistribución de la riqueza.

Hay que revisar que para como funcionarios públicos o para poder realizar procedimientos de contratación pública hay que revisar las normas contenidas en la Constitución. En la Constitución tenemos el artículo 226 que el principio de legalidad del Estado y nos dice que solo los funcionarios públicos solo podemos hacer lo que está taxativamente expuesto en las normas.


Adicional a esto nos establece en el artículo 288 de la Constitución que las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social, se priorizarán los productos servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas, es decir, la contratación pública tiene que cumplir este fin está tal fin incluyente buscando que todos podamos eran actores y participar en los procesos de contratación.

REGIMEN ESPECIAL

PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION

SUBASTA INVERSA ELECTRONICA

No hay comentarios:

Publicar un comentario